Como resultado de nuestra experiencia conduciendo Asambleas Ordinarias y Extraordinarias desde el 2010, hemos acumulado un profundo entendimiento sobre la aplicación correcta del presente Reglamento, buscando siempre promover el desarrollo de relaciones cordiales y positivas entre copropietarios, y un ambiente de positivo para toda la comunidad.
Por la importancia del Capítulo VII sobre los Órganos de Gobierno, Administración, Representación Legal del Inmueble en Propiedad Horizontal y Sistemas de Seguridad, hemos creado una sección especial para cada uno de ellos y facilitar así su ubicación práctica.
Primera
Segunda
Tercera
Disposición Transitoria
Disposiciones Finales
El texto publicado en esta página corresponde al Reglamento General de la Ley de Propiedad Horizontal, expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 1229 del 27 de agosto de 1999 y publicado en el Registro Oficial No. 270 de 06 de septiembre de 1999.
Posteriormente fue reformado por el Decreto Ejecutivo No. 1759, publicado en el Registro Oficial No. 396 de 23 de agosto de 2001.
Adicionalmente, el Decreto Ejecutivo No. 661, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 506 de 22 de mayo de 2015, introdujo disposiciones complementarias relacionadas con la simplificación de trámites y que se agregan al Reglamento General vigente.
Por lo tanto, para efectos prácticos y legales, deben considerarse como vigentes:
Decreto Ejecutivo No. 1229 (1999)
Decreto Ejecutivo No. 1759 (2001) – reforma
Decreto Ejecutivo No. 661 (2015) – agregado